Reseña Historica

RESUMEN HISTÓRICO DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES DE MOQUEGUA

La historia nos remonta al año 1950; es así que por Decreto Ley del 16 de enero de aquel año se crea la Dirección de Caminos, separándola de Ferrocarriles y con fondos del Ministerio de Fomento y Guerra, dándose más impulso a la construcción de carreteras.

Las Direcciones de Caminos fueron organizados a nivel Nacional; basándose en el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección General de Caminos, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0001-82-TC/RA, y mediante Decreto Supremo N° 023-83-TC, se establece los alcances para los proyectos de construcción, mejoramiento y/o rehabilitación de la Red Básica y la Conservación Vial de la Red Vial nacional, y luego posteriormente con el Decreto Supremo N° 062-85-TC y su modificatoria Decreto Supremo N° 024-87-TC, se delimita el ámbito jurisdiccional y competencia, facultando a las Corporaciones de Desarrollo y a las Municipalidades, la construcción y mejoramiento, rehabilitación y conservación de Caminos Departamentales y Vecinales, las Nacionales fueron de responsabilidad de las Direcciones Departamentales de Caminos y Circulación Vial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y con Decreto Supremo N° 033-89-PRE se declara de preferente interés Nacional el mantenimiento de la red Vial de carreteras a nivel Nacional.

En el proceso de Regionalización normado por la Ley N° 24650 promulgado el 19-03-1987 y su modificatoria Ley N° 24792 sancionado el 10-02-1988, que modificó el artículo 8° de la Ley N° 24650, quedando establecido las competencias sectoriales; por lo que de allí en adelante las Direcciones Departamentales de Caminos, son denominados Direcciones Regionales y Direcciones Sub Regional de Transportes, Vialidad y Comunicaciones.

Por Ley N° 26922 Ley Marco de Descentralización;se establece el proceso de regionalización la misma que constituye en el ámbito territorial de cada departamento, manteniéndose la denominación de los Consejos Transitorios de Administración Regional (CTAR). Por lo que actualmente viene a ser Gobierno Regional del Departamento de Moquegua. Mediante R.M.N° 118-98-PRES de aprobación de la Directiva N° 001-98-PRES/VMDR para la incorporación de las Direcciones Regionales y Sub Regionales a sus respectivos Ministerios, a partir del 1° de abril de 1998; Decreto de Urgencia N° 030-98, incluye nuevamente dentro del ámbito de los Consejos Transitorios de Administración Regional (CTAR) a los Sectores y el Archivo Regional a partir del 1° de Julio de 1998; con Decretos Supremos Nos 009 y 010-98-PRES se dispone sustituir la denominación Sub Regional por las Direcciones Regionales, seguido del nombre del Sector y Departamento, constituyéndose según éste último Decreto Supremo en un órgano desconcentrado del CTAR.

La Ley Marco de modernización del Estado Ley N° 27658 del 30-01-2002 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 030-2002-PCM, declara al Estado en proceso de modernización, considerando como programas pilotos los Sectores de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Mediante Ley N° 27779 del 10-07-2002, se aprueba la separación del Sector Transportes – Comunicaciones y del Sector Vivienda – Construcción y la modificación de la organización de los Ministerios volviendo a denominarse Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por Ley N° 27779, consiguientemente han sido transferidos las funciones, personal, recursos materiales, financieros, presupuestales y acervo documentario al Ministerio de Vivienda y Construcción, por lo que desde aquella fecha también se crean las Direcciones Regionales de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobándose sus Reglamentos de Organización y Funciones de ambos Ministerios.

El proceso de Descentralización se implementa con la promulgación de la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización; la que armónica y sosteniblemente decide la separación del País en materia de competencias y funciones y el ejercicio equilibrado del poder en los tres niveles del gobierno en beneficio de la población. La Ley N° 27867 Ley Orgánicas de los Gobiernos Regionales; establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales; implementándose progresivamente este proceso de descentralización del País al crearse las Regiones entre ellas la Región del departamento de Moquegua, del cual somos parte integrante conforme a su estructura orgánica, dependiente directamente de la Gerencia de Infraestructura y ésta a su vez del Gobierno Regional de Moquegua.

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